jueves, 14 de mayo de 2009

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras año 2009

Artículo 6.-

1.- La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad del local, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

2.- A tal efecto, se aplicará la siguiente tarifa:

Uso doméstico: 45

Uso industrial:

- con facturación superior a 1.000.000 : 181

- con facturación superior a 1.000.000 : 390

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